
La ONG precisó que la exclusión prevista en el artículo 8 aplica exclusivamente para el delito de rebelión militar, una calificación jurídica que no ha sido imputada de forma generalizada en los casos analizados.
Desde la Organización No Gubernamental (ONG) Justicia Venezolana hicieron público, la mañana de este jueves, su respaldo a la Ley de Amnistía. Recién aprobada por la Asamblea Nacional, y de la cual formaron parte en el proceso de consulta pública.
La doctora Neida Pérez Morillo, abogada especialista en derecho penal y directora de la organización. Calificó esta situación como un avance significativo en materia de derechos humanos.
“Como establece el artículo número dos de esta Ley (de Amnistía), en su ordinal dos, en Venezuela apostamos a la promoción de la paz, de la convivencia, de la rectificación y de la reconciliación (…) Que impere la justicia, la equidad y la transparencia”, recalcó la profesional del derecho en rueda de prensa.
Presos políticos militares
Por su parte, la doctora Lilia Camejo Gutiérrez, también directora de Justicia Venezolana y experta en justicia penal militar, señaló de forma enfática que “no es cierto que los presos políticos militares no estén cubiertos dentro de la Ley de Amnistía”.
Al ahondar en la materia castrense, Camejo adelantó que el artículo ocho del citado instrumento jurídico, en su numeral 10, establece que los hechos violentos que se suscitaron entre enero hasta abril del 2019, entran dentro del amparo de la amnistía, exceptuando la rebelión militar.
Caso Cotiza
Sobre el denominado ‘Caso Cotiza’ y los sucesos del 30 de abril en las adyacencias de La Carlota,. Precisó que ninguno de los involucrados ha sido acusado o condenado por el delito de rebelión militar.
“Nosotros fuimos defensa técnica en ese caso y todos esos oficiales fueron acusados y condenados por el delito de motín, sustracción de efectos pertenecientes a la Fuerza Armada, desobediencia en tiempo de paz”, detalló para sostener que fueron absueltos por el delito de traición a la Patria.
Al recapitular sobre lo acaecido el 30 de abril de 2019 en La Carlota, la máxima portavoz de la ONG Justicia Venezolana recalcó que fueron imputados, acusados y condenados en la jurisdicción especial de terrorismo.
Camejo puso como ejemplo de las irregularidades carcelarias a los comandantes de los Batallones Blindados del Ejército. Según explicó, estos militares permanecen en prisión pese a haber agotado su sentencia, independientemente de que no figuren en los supuestos de la Ley de Amnistía.
“Dentro de todos estos casos hay mucha gente inocente, y que está siendo condenada con unas penas exorbitantes de 30 años”.
Lamentó Camejo para hacer un llamado en el que ratificó la postura del diputado Jorge Arreaza, presidente de la comisión de seguimiento de la Asamblea Nacional para este tema, quien manifestó que la jurisdicción penal militar debe analizar muchos de estos expedientes.
Solidaridad con los familiares y víctimas militares de la violencia política
Reiteró su disposición a seguir sumando todos los esfuerzos en procura de la liberación de estos oficiales que puedan ser beneficiarios de la ley y la coyuntura que vive el país en procura de la consolidación de la paz, las voceras de Justicia Venezolana enfatizaron su solidaridad con los familiares y víctimas militares de la violencia política suscitada en el país el pasado 3 de enero.
Nota de Prensa
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