
En la Gaceta Oficial N° 42.575, con fecha de este pasado 23 de febrero, la administración de Nicolás Maduro publicó el decreto que extiende por un año las exenciones a ciertas operaciones. Entre las que destacan las realizadas en el mercado de valores, del Impuesto a las Grandes Transacciones en Divisas aplicado a las operaciones con moneda extranjera, cuya alícuota es de 3%.
De acuerdo con el nuevo instrumento quedan exentas de este tributo:
“La compra-venta y transferencia de la custodia en títulos valores emitidos o avalados por la República o el Banco Central de Venezuela. Así como los débitos o retiros relacionados con la liquidación del capital o intereses de los mismos y los títulos negociados a través de las bolsas de valores y bolsa agrícola, realizados en moneda distinta a la de curso legal en el país o en criptomonedas o cripto activos diferentes a los emitidos por la República Bolivariana de Venezuela”.
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“Operaciones cambiarias realizadas por personas naturales y jurídicas”.
«Pagos en bolívares con tarjetas de débito o crédito nacionales e internacionales desde cuentas en divisas, a través de puntos de pago debidamente autorizados por las autoridades competentes. Salvo los realizados por los sujetos pasivos especiales».
“Pagos en moneda distinta a la de curso legal en el país o en criptomonedas o cripto activos diferentes a los emitidos por la República Bolivariana de Venezuela. Realizados a personas naturales, jurídicas y entidades económicas sin personalidad jurídica que no están calificados como sujetos pasivos especiales”.
“Las remesas enviadas desde el exterior, a través de instituciones autorizadas para el efecto”.
Básicamente, estas son las mismas exenciones del IGTF aplicadas en el decreto original de promulgación del tributo que, tras un año de aplicación; ha generado polémicas permanentes. Mientras que gremios empresariales piden reducir la alícuota, debido al impacto que genera este impuesto en los precios.
Con información de Banca y Negocios
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