
La presidencia ad hoc de la Corte Penal Internacional (CPI) aprobó el 2 de septiembre de 2025 la solicitud del fiscal Karim Khan para excusarse del caso Venezuela. Los jueces Rosario Salvatore Aitala, Reine Alapini-Gansou y Kimberly Prost tomaron la decisión tras evaluar un posible conflicto de interés.
Conflicto de interés detectado
La Segunda Sala de Apelaciones identificó un riesgo de sesgo debido a la relación profesional previa de Khan con la abogada Venkateswari Alagendra, quien representó a Venezuela en apelaciones. La presidencia ad hoc destacó que el Estatuto de Roma exige imparcialidad absoluta, justificando la excusa para mantener la transparencia en el caso.
Garantía de imparcialidad
Khan argumentó que relaciones profesionales pasadas no implican automáticamente recusación, citando su trabajo con Alagendra en el caso Ruto y Sang. Sin embargo, la presidencia concluyó que un observador imparcial podría percibir sesgo, aprobando la excusa para proteger la integridad del proceso. También rechazó documentos de terceros sin legitimidad legal.
Danos tu opinión sobre el tema en nuestro foro de DEBATES de Telegram:
También puedes leer en Punto de Corte:



Por




Por




