El abogado y especialista en derecho penal, Zair Mundaray, analizó en su programa Veredicto Mundaray la reciente Resolución 2026-0010 del Tribunal Supremo de Justicia. El jurista afirmó que la eliminación de los cuatro juzgados de control con competencia nacional en materia de terrorismo no acaba con la persecución judicial en el país. A su juicio, las autoridades judiciales solo buscan dispersar los expedientes para proyectar una falsa imagen de cambio institucional ante la comunidad internacional.
Mundaray explicó que la creación inicial de estas dependencias especiales adolecía de vicios de inconstitucionalidad, pues ninguna ley orgánica facultaba a la Sala Plena para establecerlos. La masificación de acusaciones por terrorismo contra manifestantes y opositores respondió a un esquema de represión institucionalizado. La nueva medida envía los casos a los tribunales regionales, pero mantiene activos los juzgados de juicio y las cortes de apelaciones en Caracas. Esta estructura fragmentada perpetúa el control político sobre los procesos en curso.
El especialista también advirtió sobre la ambigüedad del artículo 7 de la resolución. Este apartado ordena el cese de funciones jurisdiccionales de los jueces involucrados, entre ellos funcionarios señalados por omitir denuncias de torturas y extorsiones. Sin embargo, las excepciones contempladas en el texto permiten que ciertos despachos retengan expedientes clave bajo el pretexto de tramitar diligencias urgentes u operaciones encubiertas.
Inconsistencias penales en imputaciones por traición a la patria y el caso del capitán Caguaripano
Durante el análisis, el abogado abordó la situación jurídica de los ciudadanos procesados por presunta conspiración y traición a la patria. Mundaray sostuvo que mantener a personas detenidas por acusaciones de colaborar con agencias estadounidenses carece de sustento legal en la actualidad. Las autoridades gubernamentales mantienen relaciones e intercambios directos con representantes de Estados Unidos. Desde la perspectiva del derecho penal, esta realidad fáctica altera la configuración del delito y exige la revisión de los expedientes anteriores.
Asimismo, el jurista denunció irregularidades procesales en la causa del capitán Juan Carlos Caguaripano y los vinculados a la Operación Paramacay. Mundaray enfatizó que la totalidad de las pruebas incriminatorias se obtuvieron mediante torturas documentadas en audiencias públicas, lo cual vicia de nulidad absoluta el expediente.
El proceso de apelación enfrenta severas presiones por parte de la presidencia del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo. Las autoridades judiciales buscan ratificar la condena de 30 años mediante la convocatoria de magistrados suplentes. Esta maniobra intenta convalidar un juicio sustentado en actuaciones ilegales.
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