Caracas, 3 de mayo de 2018/-. Este jueves 3 de mayo de 2018, la sala plena del Tribunal Supremo de Justicia en el exilio: “DECLARA LA SUSPENSIÓN DE NICOLÁS MADURO MOROS como Presidente de la República Bolivariana de Venezuela Y SU INHABILITACIÓN para el ejercicio de cualquier otro cargo de la función pública, en aplicación de lo previsto en el artículo 380 del Código Orgánico Procesal Penal, mientras dure el trámite del juicio que ha sido debidamente autorizado por la Asamblea Nacional, a los fines de determinar su responsabilidad o no en la presunta comisión de los ilícitos graves en el ejercicio del cargo presidencial por él desempeñado”.
En consecuencia exhortan a la Asamblea Nacional a “iniciar el procedimiento que permita la transición constitucional de la Presidencia de la República, de conformidad con los artículos 233 y 234 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela”.
Asimismo, ordenan a la “Fuerza Armada Nacional y al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas (C.I.C.P.C.), la captura y detención de NICOLÁS MADURO MOROS, y colocarlo a la orden de este Máximo Tribunal, conforme a la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad decretada en sentencia el día nueve (09) de abril de dos mil dieciocho (2018)”.
En segundo lugar ordenan: “Notificar a la “Organización Internacional de Policía Criminal”, conocida internacionalmente con sus siglas oficiales “OIPC-INTERPOL” o simplemente “INTERPOL”, para que, de acuerdo a sus protocolos internos, incluya a NICOLÁS MADURO MOROS entre las personas con Alerta Roja Internacional.
Lea aquí el documento completo: Autorización para continuar proceso proceso penal contra Nicolás Maduro Moros
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