20 abril, 2024

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(+Providencia) Atención: A partir del 1 de enero balances contables deberán expresarse en petros

La Superintendencia Nacional de Criptoactivos y Actividades Conexas (Sunacrip) publicó la Providencia que regula el registro contable de operaciones

Caracas, 28 de diciembre de 2019/.- La Superintendencia Nacional de Criptoactivos y Actividades Conexas (Sunacrip) publicó la Providencia que regula el registro contable de operaciones y hechos económicos expresados con criptoactivos, para personas naturales y jurídicas.

La providencia es la número 097-2019, publicada en Gaceta Oficial Nro 449.066, de fecha 23 de diciembre, y en ella se establecen  parámetros para la presentación de la reexpresión de los registros contables de operaciones y hechos económicos en petros.

Las personas naturales, jurídicas, públicas y privadas, deberán cumplir con la presentación dual de su contabilidad, expresada tanto en el “criptoactivo” criollo, como en bolívares.

La Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela, previa autorización de la Sunacrip, dictará los lineamientos técnicos que en materia de reconocimiento, medición, presentación y revelación requieran los registros contables de las operaciones con criptoactivos.

Cabe destacar que, los lineamientos técnicos en materia de registro contable de las operaciones con criptoactivos, se aplicarán al ejercicio económico que inicien a partir del 1ero de enero de 2020.

Puede acceder a la Providencia que contiene los líneamientos exigidos AQUÍ

La “obligatoriedad” del uso del petro, comienza a ser implementada por el régimen de Nicolás Maduro, a través de “ensayos” como el pago de bonificaciones a través del criptoactivo criollo.

Igualmente, los aranceles y tasas para el pago de trámites ante el Saren, impuestos y pasaportes, están expresados en petros.

Puede leer en Punto de Corte:

https://puntodecorte.com/guerra-defiende-tarjeta-subsidiaria-del-plan-pais-hay-que-ayudar-a-comer-al-que-tiene-hambre/?preview=true&_thumbnail_id=134060

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