El Ministerio de Educación de Perú oficializó el Decreto Supremo 018-2026-MINEDU. La normativa establece la restricción obligatoria de teléfonos celulares y dispositivos electrónicos en colegios públicos y privados de todo el país.
La medida busca elevar el rendimiento académico y proteger la salud mental estudiantil, con especial atención en el combate contra el ciberacoso. La restricción abarca las modalidades de Educación Básica Regular, Especial y Alternativa durante las actividades pedagógicas.
Excepciones y custodia de equipos en los planteles
El reglamento prohíbe el uso de móviles dentro y fuera de las aulas, incluso en eventos escolares programados. Sin embargo, la norma contempla excepciones específicas para emergencias, condiciones de salud debidamente acreditadas y proyectos pedagógicos en educación secundaria. En este último caso, el docente a cargo debe autorizar el uso del dispositivo dentro del programa curricular.
Los colegios que cuenten con recursos logísticos habilitarán espacios para la custodia temporal de los equipos. Durante este procedimiento, las autoridades escolares deben velar por la integridad física del teléfono. Además, el personal docente tiene estrictamente prohibido revisar los archivos o contenidos personales de los alumnos.
Supervisión institucional y sanciones formativas
Cada institución educativa debe incorporar estas directrices dentro de su reglamento interno. Ante los incumplimientos, los planteles aplicarán medidas correctivas con un enfoque formativo, sin recurrir a tratos humillantes.
Las Unidades de Gestión Educativa Local supervisarán el cumplimiento del decreto, mientras las autoridades coordinarán acciones comunitarias en un contexto donde sectores sociales reclaman respuestas institucionales ante diversas necesidades de la población.
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