19 abril, 2024

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(+Documento) Claves de la “Ley del Estatuto que rige la Transición” presentada por la AN

Este martes fue aprobado por unanimidad la primera discusión del Proyecto de Ley del Estatuto que rige la Transición a la Democracia y el Restablecimiento

Caracas 29 de enero de 2019/.- Este martes fue aprobado por unanimidad la primera discusión del Proyecto de Ley del Estatuto que rige la Transición a la Democracia y el Restablecimiento de la Vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

El anteproyecto fue entregado por el diputado y abogado Juan Miguel Matheus al presidente de la Asamblea Nacional Juan Guaidó.

El “Estatuto que rige la transición a la democracia y el restablecimiento de la vigencia de la Constitución” contempla la designación de un presidente temporal, en caso de que no se puedan convocar elecciones en 30 días, y la “depuración” del Poder Ciudadano, Judicial y Electoral.

Los seis capítulos que componen el anteproyecto son:

1.-Disposiciones generales

2.- Usurpación de la Presidencia

3.- Actuación de la Asamblea Nacional y su presidente

4.- Reconstitución de órganos del Poder Ciudadano

5.- Conformación del gobierno provisional de unidad nacional

6.- Elecciones libres.

Contempla que los representantes del Poder Ciudadano serán removidos de sus cargos para poder iniciar el proceso de postulación de los nuevos rectores del Consejo Nacional Electoral (CNE).

“Ante la imposibilidad de funcionamiento constitucional y democrático del CNE, y ante la imposibilidad fáctica de convocatoria del Comité de Evaluación de Postulaciones del Poder Ciudadano, mientras persista la usurpación de Nicolás Maduro, la Asamblea Nacional, en aplicación del artículo 333 de la Constitución, establecerá los mecanismos para que la ciudadanía organizada a través de las academias, universidades y organizaciones no gubernamentales postule de manera pública las ternas de candidatos”, dice el artículo 21 de la norma.

El Parlamento designará al resto de los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).

Se nombrarán nuevos rectores del Consejo Nacional Electoral.

“El Comité de Postulaciones Electorales ejercerá sus competencias con la mayor celeridad posible, de modo que la renovación del CNE favorezca la realización de elecciones libres y competitivas sin dilaciones indebidas que, una vez cesada la usurpación y conformado el Gobierno provisional de unidad nacional, permitan la consolidación de la democracia”, señala el artículo 23.

El presidente de la Asamblea Nacional (AN), Juan Guaidó, ejercerá durante 30 días continuos como Presidente encargado de la República y conducirá la conformación de un “Gobierno provisional de unidad nacional” y la convocatoria de elecciones libres.

La Asamblea Nacional designará un presidente temporal en caso de “imposibilidad técnica” para convocar y realizar elecciones libres y competitivas dentro de 30 días.

Puede leer el documento íntegro a continuación:

Puede leer en Punto de Corte:

https://puntodecorte.com/eustoquio-contreras-elecciones-generales/

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