
El Tribunal Supremo de Justicia, desestimó una segunda solicitud de revisión promovida por el excandidato presidencial Antonio Domingo Ecarri Angola, bajo la sentencia emitida el pasado 14 de octubre.
La sentencia N.º 0212 correspondiente a expediente N.º 24-0777, declaró como inadmisible la solicitud de revisión constitucional de las sentencias 025,027, 028 y 031 de las fechas 1,5,6 y 22 de agosto del presente año.
El TSJ, en su comunicado, sostiene haber realizado un peritaje “impecable” que comprobó la integridad del boletín electoral, a pesar de que la comunidad internacional reclama acceso a las actas de votación para verificar la validez del resultado anunciado.
La oposición, liderada por la Plataforma Unitaria Democrática (PUD), mantiene su denuncia de fraude electoral y asegura que su candidato, Edmundo González Urrutia, es el verdadero ganador, basado en un 83,5% de las actas electorales recopiladas por testigos y miembros de mesa.
Estas actas, reconocidas por varios países, son consideradas “falsas” por el gobierno venezolano. La controversia sobre la transparencia y validez de los comicios del 28 de julio continúa sin resolverse, generando incertidumbre y tensión en la escena política venezolana.

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