
En Gaceta Oficial N° 42.881, del 17 de mayo de 2024, el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) dio a conocer las normas para la declaración y pago de la Contribución Especial para la Protección de las Pensiones de la Seguridad Social contra el Bloqueo Imperialista.
La Resolución 000042, emitida el 9 de mayo, establece el cronograma de pago de este aporte, fijado en el 9% del total de la nómina de las empresas u organizaciones contribuyentes, con base en el último dígito del Registro de Información Tributaria (RIF).
Según el cronograma, los pagos deberán realizarse dentro de los primeros 15 días de cada mes.
“La declaración y el pago se realizarán siguiendo las formalidades y especificaciones técnicas que establezca este Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria en su Portal Fiscal”, señala el artículo 1 de la resolución.

Se prevé que próximamente se darán a conocer las especificaciones técnicas para la gestión de este aporte, ya que está previsto que los pagos comiencen el 4 de junio, de acuerdo con el calendario.
El artículo 2 establece que los salarios y bonificaciones pagados en moneda extranjera deberán convertirse a su valor equivalente en bolívares al tipo de cambio oficial vigente “al momento del pago de la remuneración laboral”.
Además, el artículo 3 obliga a los contribuyentes a informar trimestralmente el número de trabajadores activos en su nómina, de acuerdo con las especificaciones técnicas detalladas en el portal fiscal.
El artículo 4 otorga al Seniat la facultad de “iniciar los procedimientos de verificación y/o inspección y determinaciones que considere necesarios” para garantizar el cumplimiento de la ley.
Mientras tanto, los gremios empresariales sostienen que la Ley de Protección de las Pensiones contra el Bloqueo Imperialista debe ir acompañada de incentivos para acelerar el crecimiento económico. Mientras los expertos advierten sobre potenciales efectos recesivos.
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